Diario Patagónico informó el martes sobre la solicitud de la operadora Pan American Energy al Instituto Provincial del Agua (IPA) de un permiso para utilizar agua pública para la perforación de un pozo petrolero en el Area Paso Moreno. Se trata concretamente del pozo Exploratorio El Pedrero x-1 Departamento Río Senguer, ubicado a 25 kilómetros de la Comuna Rural de Facundo.
El permiso solicitado se extiende por 45 días y para utilizar en ese lapso un total de 745 metros cúbicos, es decir, 745.000 litros de agua, según informó ayer Pablo Rimoldi, sub administrador del Instituto
Rimoldi explicó que la publicación del edicto convocando a registro de oposición resulta parte del trámite de rutina para el uso de todas las aguas superficiales en que el Instituto resulta autoridad de aplicación.
Aquellos usuarios que consideren que la captación de este volumen por parte de la operadora puede afectarlos de modo alguno, deben dirigir su oposición fundada a la sede del organismo, sita en Roger 643 de la ciudad de Rawson. Hasta ayer no había ninguna presentación en este sentido.
Cabe destacar que desde la esfera política de la ciudad se había señalado el miércoles que la operadora ya estaría captando agua del río Senguer a través de un permiso otorgado por la Municipalidad de Río Mayo, punto sobre el que Rimoldi alertó que una comuna no tiene potestad de autorizar tal uso, habida cuenta de los recursos hídricos pertenecen a la provincia y no a las municipalidades.
Sobre la operatoria para tales autorizaciones, el funcionario explicó que en lo que al IPA concierne, se implementan bajo dos operatorias: los permisos y las concesiones. Los primeros, como el caso de PAE, se otorgan con vigencia para un plazo determinado que el solicitante consigna al momento de la solicitud. Es así que siguiendo con el ejemplo del caso de marras, de ser otorgado, el permiso expirará de modo automático a los 45 días, de modo que de requerir otra perforación, aunque esta se ubique a dos metros de la anterior, debe gestionarse otro permiso.
En tal contexto, el potencial usuario del recurso indica en el petitorio el volumen a tomar, lapso y destino de uso. El caso es evaluado por el Instituto, que de entender que no se verá afectado el recurso, concede el permiso. También es analizado desde la cartera provincial de Ambiente por el impacto ambiental del uso. Una vez cumplimentado este paso, el organismo publica el edicto convocando al registro de oposición.
El funcionario explicó que en este puede presentarse cualquier potencial damnificado, que por posibilidad de daño real o potencial presente su disconformidad, aunque subrayó que “tiene que ser un daño de medición objetiva, no se considera oposición fundada, por ejemplo, la oposición a la actividad petrolera” por lo que ejemplificó una oposición válida con el hecho de que un productor agrícola del radio funde que la disposición de esa cantidad de agua del Senguer puede afectarlo de modo concreto.
De registrarse un reclamo de tal índole, se dispone un grupo de inspectores que evalúen y dictaminen sobre la oposición.
Como se indicó, son dos las figuras aplicables para conceder el uso de agua pública, el ya mencionado permiso, y la concesión, que se otorga para radicaciones permanentes o prolongadas en el tiempo, como por ejemplo la actividad agropecuaria.
Rimoldi aclaró además que ante una declaración de emergencia hídrica, los permisos y concesiones caducan por el tiempo que sea necesario, en función del uso prioritario para consumo humano, y que tal caducidad no contempla obligación de resarcimiento alguno.
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